La Ley 27986 – Ley de los Trabajadores del Hogar, norma que regula los beneficios laborales de una trabajadora del hogar.
La ley menciona que una trabajadora del hogar es aquella persona que efectúen labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y demás propias de la conservación de una residencia o casa-habitación y del desenvolvimiento de la vida de un hogar y que no importen lucro o negocio para el empleador o sus familiares.
¿Debe realizarse un contrato de trabajo?
Si, debe realizarse un contrato de trabajo. El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito.
¿La trabajadora debe ganar la RMV como mínimo?
No, el monto de la remuneración es de libre acuerdo entre las partes, no hay obligación de la remuneración mínima vital.
La remuneración puede ser pagada por períodos mensuales, quincenales o semanales.
Beneficios Laborales – Trabajadora del Hogar
Vacaciones
Una trabajadora del hogar tienen derecho a un descanso anual remunerado de quince días luego de un año continuo de servicios.
Gratificaciones
Los trabajadores al servicio del hogar tienen derecho a una gratificación por Fiestas Patrias y a otra por Navidad.
Las gratificaciones serán abonadas en la primera quincena de los meses de julio y diciembre. El monto de las mismas es equivalente al 50% de la remuneración mensual.
CTS
La compensación por tiempo de servicios equivale a quince 15 días de remuneración por cada año de servicios o la parte proporcional de dicha cantidad por la fracción de un año, y será pagada directamente por el empleador al trabajador al terminar la relación laboral dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.
También podrá pagarse al finalizar cada año de servicios con carácter cancelatorio.
Seguro y Pensión Trabajadora del Hogar
Es obligación del empleador asegurar a la trabajadora al Essalud, siempre y cuando labore más de 4 horas diarias.
Sobre el régimen pensionario puede optar por una ONP o AFP, el empleador retendrá dicho importe al trabajador.
Calculo de Beneficios Laborales Trabajadora del Hogar
La señora violeta ha laborado como trabajadora del hogar para el Sr. Miguel Torres, con una remuneración mensual S/ 960 soles. El tiempo de prestación de servicios es de 11 meses.
Miguel ¿Cuánto le corresponderá de liquidación de beneficios laborales?
En primer lugar, realizamos el calculo de cada uno de los beneficios laborales que tiene derecho una trabajadora del hogar.
Gratificación
- 50% (960/6 x 11) = S/ 880.00 (se esta regularizando el pago).
Bonificación Extraordinaria
- 880 x 9% = S/ 79.20
Vacaciones
- 50% (960/12 x 11) = S/ 440.00
CTS
- 50% (960/12 x 11) = S/ 440.00
Por lo tanto el monto a percibir será: S/ 1760 soles (no se esta considerando la retención de pensión por concepto de vacaciones).