Beneficios Laborales

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Infracciones Laborales – Beneficios Laborales

Para calcular el monto de las infracciones laborales debe tener en cuenta dos normas:

  • DECRETO SUPREMO 019-2006-TR
  • DECRETO SUPREMO 008-2020-TR

Posteriormente, debes identificar tres conceptos:

  • Tipo de Empresa (micro, pequeña o no mype)
  • Tipo de Infracción (leve, grave o muy grave)
  • Número de Trabajadores Afectados (# trabajadores afectados)

Beneficios Laborales

Gratificación

Artículo 24.4 – No pagar las gratificaciones legales

No pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores por todo concepto (Gratificaciones).

CTS

Artículo 24.5 – No realizar el depósito de CTS

No depositar íntegra y oportunamente la compensación por tiempo de servicios.

Artículo 23.2 – No entregar la constancia de depósito de CTS

No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, copia del contrato de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, hojas de liquidación de compensación por tiempo de servicios, participación en las utilidades u otros beneficios sociales, o cualquier otro documento que deba ser puesto a su disposición.

Vacaciones

Artículo 25.6 – No realizar el pago de indemnización vacacional

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la jornada de trabajo, refrigerio, trabajo en sobretiempo, trabajo nocturno, descanso vacacional y otros descansos, licencias, permisos y el tiempo de trabajo en general.

Postergación CTS Mayo 2020

El artículo 11.1 del Decreto de Urgencia Nº 038-2020 menciona:

El empleador puede aplazar el depósito correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del mes de mayo de 2020, hasta el mes de noviembre del año en curso.

Comunicación Trabajador

Articulo 20 del Decreto Supremo 011-2020-TR:

El empleador que, de manera excepcional, se acoja a la facilidad regulada en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 038-2020 comunica al trabajador el aplazamiento del depósito correspondiente a la CTS del mes de mayo de 2020, mediante cualquier soporte físico o virtual que permita dejar constancia de la recepción de dicha comunicación. La comunicación se realiza hasta el último día hábil del mes de abril de 2020.

Cuando el empleador se acoja a la facilidad indicada en el párrafo anterior, el depósito correspondiente a la CTS del mes de noviembre de 2020 contiene, además, el monto correspondiente al mes de mayo de 2020, así como los intereses devengados a la fecha del depósito; salvo que el depósito correspondiente al mes de mayo de 2020 se haya realizado con anterioridad.

No procede para los siguientes trabajadores:

  • Trabajadores con Suspensión Perfecta
  • Trabajadores con remuneración menor o igual S/ 2400 soles

CTS MAYO 2020

Este mes de mayo 2020 las empresas deben realizar el depósito de CTS de sus colaboradores. Por otra parte, desde el 16 de marzo de 2020 el gobierno peruano decretó estado de emergencia nacional.

A la fecha del artículo el estado de emergencia está programado hasta el domingo 10 de mayo de 2020.

¿Cómo afecta esto el cálculo de CTS Mayo 2020?

En primer lugar, debemos definir los meses que se analizan para el calculo de la CTS Mayo 2020.

  • Noviembre 2019 – Abril 2020.

Por otra parte, un factor clave es cómo la empresa asumirá los días de estado de emergencia. Repasemos algunas opciones:

Licencia con Goce de Haber

Si la empresa otorgó licencia con goce de haber, a partir del 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de abril de 2020.

Bajo esta premisa el calculo de la CTS se realizará por el tiempo laborado de 6 meses, salvo descuentos por inasistencias, etc.

Vacaciones Devengadas / Adelantadas

Si la empresa decidió otorgar vacaciones a los trabajadores durante el estado de emergencia, el calculo de la CTS también se realizará por 6 meses.

Licencia Sin Goce de Haber / Suspensión Perfecta Laborales

Si la empresa otorgó licencia sin goce de haber durante el estado de emergencia, dicho laptop no será computable para el calculo de CTS.

Por lo tanto:

  • 01 de Noviembre 2019 – 15 de Marzo 2020 (tiempo computable)
  • 16 de marzo de 2020 – 30 de abril de 2020 (tiempo no computable)

Reducción de Salario

Si la empresa acordó una reducción de salario, con tal de que el trabajador sigan laborando durante el estado de emergencia.

Bajo esta premisa, se calcula la CTS por el tiempo de 6 meses, solo con la acotación que la remuneración computable será la nueva remuneración (disminución).

Casos Prácticos

  • Descarga el archivo del caso práctico explicado en el siguiente video.

Llenado de la CTS

Los montos pagados por concepto de CTS deben declararse en la casilla 0904 del PDT PLAME.

 

Compensacion por Tiempo de Servicios

Llenado de las Vacaciones

Remuneración vacacional

Este concepto es equivalente a lo que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de seguir laborando. Se considera remuneración, para estos efectos, la computable para la CTS aplicándose analógicamente los criterios establecidos para la misma.

Remuneracion Vacacional

Vacaciones truncas

Aplicable en caso que el trabajador cese antes de cumplir el record vacacional exigido legalmente para tener derecho al descanso vacacional. Para que proceda el abono de récord trunco vacacional el trabajador debe acreditar un mes de servicios a su empleador.

Vacaciones Truncas

Compensación vacacional

Corresponde al importe pagado cuando el trabajador acuerda con su empleador la reducción de su período vacacional. El acuerdo de reducción del goce vacacional debe constar por escrito.

Compensacion Vacacional

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